Juicio en Londres foresightcuba, January 22, 2023October 29, 2023 El día 24 de enero del 2023 se iniciará un juicio en la Alta Corte de Justicia Empresarial en Londres, Inglaterra. La ley aplicable es la del Reino Unido. El Banco Nacional de Cuba y la República de Cuba son demandados por la compañía CRF I con sede en las Islas Caimán y dedicada a la restructuración de deudas. La Corte debe determinar si CRF I es acreedor de una deuda de 70.9 Millones de euros que fue comprada en el año 2019 por un valor de 1.5 centavos por cada dólar y consta de las siguientes partes: • Un depósito de 25.5 millones de DDM, equivalentes a 11 millones de euros, que el Banco Credit Lyonnais hizo en el BNC con el objetivo de que el BNC le pagara intereses por tener ese dinero en su cuenta. Este contrato se firmó el 17 de enero del 1982. • Otro contrato por una suma de 5.75 Millones de DDM, (2.9 Millones de euros) se realizó con el Banco IBI firmado el 30 de enero del 1984. • La deuda relacionada con los intereses no pagados de estas cuotas asciende a 40.8 Millones de euros en el caso de Credit Lyonnais y 15.7 Millones de euros en el caso del Banco IBI. La demanda al Banco Nacional de Cuba fue presentada por un valor de 70 945 519.78 euros, mientras que la demanda a la República de Cuba asciende a 18 679 309.00 euros. Además, si el Banco Nacional de Cuba y la República de Cuba pierden el juicio, deberán pagar los costos de los abogados de RFC, estimados en 2.5 Millones de euros. Los costos de los abogados que representan a Cuba ascienden a 2.9 millones de euros. Este es el primero de los juicios. Un segundo juicio se espera que comience debido a la demanda presentada el día 28 de mayo del 2021 por el Banco Industrial y Comercial de China (ICBC), cuyo propietario es el Estado Chino. Esta demanda es presentada por un valor de alrededor de 200 millones de euros de capital más mil millones de euros en intereses. Esto es solo una fracción de los 6.5 Mil Millones de euros que El Banco Nacional de Cuba y la República de Cuba le deben a un grupo de compañías pertenecientes al llamado Club de Londres, y que aún no se ha renegociado. El estado cubano tampoco ha renegociado a la deuda anterior al 1959, equivalente a unos 150 millones de dólares, ni la deuda con Argentina, equivalente a unos 2 mil millones de dólares, ni las deudas con los antiguos países de Europa del Este, ni las deudas relacionadas con las confiscaciones realizadas a empresas norteamericanas, que asciende a unos 8.4 mil millones de USD. Es la primera vez, que el estado cubano se decide a enfrentar una demanda por el impago de su deuda. Si la corte de Londres decide que RFC es el acreedor de la deuda, este sería no solo el primer paso para exigir el pago por parte del BNC ( Banco Nacional de Cuba), sino que también sería la base legal para exigir el pago del resto de las deudas. Raúl Olivera Lozano director de Operaciones del BNC, and Lidia Gómez Beltrán firmaron una carta con fecha 14 marzo del 2006 donde aceptaban la cesión de la deuda del Credit Lyonnais al ICBC. Almina Barba Lorenzo y Lidia Gómez Beltrán firmaron una carta con fecha 14 mayo del 2010 aceptando la cesión de la deuda del IBI al ICBC. El BNC el día 25 de noviembre del 2019 el BNC aceptó la cesión del ICBC a RFC con firmas de Raúl Olivera Lozano, y Lidia Gómez Beltrán. Esta no fue una operación de creación de nueva deuda ni de renegociación de deudas. De acuerdo a los procedimientos establecidos por el BNC en el capítulo 6 de su Manual de Instrucciones y Operaciones, este tipo de acuerdo (mayor de $5 Millones) debe ser firmado por dos personas con Autorización tipo A, o por el director del BNC. María Teresa Compte Zubeldia, abogada con autorización para utilizar el cuño del BNC y con autorización tipo A también confirmó cumplían con todos los requisitos legales. Los documentos firmados también fueron autorizados por Londa Caridad Martí, directora del Departamento de Deuda Externa del BNC. Los documentos debieron ser también autorizados por el entonces director del BNC, René Lazo Fernández. Los documentos fueron además enviados a la embajada de la República de Cuba en Londres, debidamente legitimados ante un notario y legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Cuba a través del Bufete Internacional SA en La Habana. Todas estas personas tenían capacidad legal y estaban debidamente autorizadas para firmar estos documentos. El 26 de mayo del 2021, el Tribunal Provincial Popular de la Habana mediante la causa 38/2021 condenó a Lozano a 13 años de prisión, a Compte a 5 años de prisión, a Martí a 5 años de prisión, y a Fernández a 1 año de prisión. Sin embargo, los abogados defensores del Banco Nacional de Cuba y la República de Cuba retiraron los documentos de la corte inglesa, negando que hubiera corrupción y sobornos, y negando de que los documentos fueran presentados para apoyar a esta tesis. Los abogados de la defensa del Banco Nacional de Cuba y la República de Cuba alegan que los artículos 54 al 56 del Decreto Ley 192, del 1999 emitida por el Consejo de Estado y relacionada con la administración financiera del Estado, prohíben que la deuda sea cedida son el consentimiento del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP). Como no hubo este consentimiento, los abogados de la parte cubana alegan que CRF no es acreedor y por tanto no es parte en este conflicto. Sin embargo, el artículo 56 de este Decreto Ley se refiere las operaciones de Crédito Público. O sea, los nuevos compromisos financieros que generen nueva deuda pública, además de la aprobación del MFP, requieren de la aprobación del Consejo de Estado para ser incluido en el presupuesto del Estado, así como para otorgar las garantías pertinentes. Por otra parte, en el acuerdo entre los acreedores iniciales y el BNC, se plantea que el Banco Nacional de Cuba puede solo rechazar la cesión de la deuda en caso de que presente una causa razonable. Las estadísticas de la ONEI presentan una deuda activa de Cuba de 19.6 mil millones de dólares para el 2019. Se estima que la deuda con solo con China asciende a 4.6 mil millones de dólares (después de una condonación de 6 mil millones de dólares). La deuda con Rusia es de 3.5 mil millones de dólares (después de una condonación de 32 mil millones de dólares) mas la deuda vigente a partir del 1991. El Club de Paris le condonó una deuda de 8 mil millones de euros y quedaron 2.8 mil millones por pagar. El 11 de junio del 2021, el estado cubano vuelve a renegociar el pago de la deuda con el Club de Paris por no haber pagado lo que habían negociado anteriormente. Japón le condonó una deuda de 2 mil millones de dólares. México le condonó una deuda de 500 millones de dólares. La deuda con Argentina ascendía a 2.55 mil millones de dólares en 1995; a esto hay que añadir los intereses desde esta fecha que se corresponden a la tasa LIBO + 1.5%. La deuda con Brasil asciende a 975 millones de dólares. Las deudas adquiridas con Venezuela y supuestamente intercambiadas por médicos ascienden seguramente a más de 10 mil millones de dólares. Coincidentemente, el presidente de Cuba realizó a finales del 2021 una visita a varios países, entre ellos China. Después de su partida de China, se anunció la firma de 12 acuerdos, así como un donativo de aproximadamente 100 millones de dólares “que serán destinados a la ejecución de proyectos de importancia social, vinculados a sectores priorizados de la economía en la Isla.” Un poco más de los 95 millones que se necesitan urgentemente. También explicó la situación que enfrenta Cuba, “hubo comprensión por la parte china y vamos a ir acercando posiciones en función de que podamos encontrar fórmulas mutuamente aceptables para el ordenamiento y reestructuración de las deudas.” Ni en el comunicado posterior a la visita, ni en la información que la televisión cubana presentó al pueblo cubano, no se menciona el tema de la demanda a Cuba del banco OICB perteneciente al estado chino, algo que seguramente fue tema de conversación. Al 31 de marzo del 2022, los depósitos del BNC en su banco de Londres ascendían a 1 millón y los prestamos ascendían a 8 millones de dólares. Ver mas: Sistema Bancario de Cuba. | Deuda Externa | Bloqueo Economía