Juicio en Londres foresightcuba, January 22, 2023November 14, 2024 El 24 de enero de 2023 se iniciará un juicio en la Alta Corte de Justicia Empresarial en Londres, Inglaterra, donde se aplicará la ley del Reino Unido. El Banco Nacional de Cuba (BNC) y la República de Cuba son demandados por CRF I, una compañía con sede en las Islas Caimán dedicada a la reestructuración de deudas. La Corte deberá determinar si CRF I es acreedor de una deuda de 70.9 millones de euros, adquirida en 2019 a un precio de 1.5 centavos por cada dólar, que se compone de los siguientes elementos: Un depósito de 25.5 millones de DDM (equivalentes a 11 millones de euros) realizado por el Banco Credit Lyonnais en el BNC el 17 de enero de 1982, con el objetivo de recibir intereses. Otro contrato por 5.75 millones de DDM (2.9 millones de euros) firmado con el Banco IBI el 30 de enero de 1984. Intereses impagos relacionados con estas sumas, que ascienden a 40.8 millones de euros en el caso de Credit Lyonnais y 15.7 millones de euros para el Banco IBI. La demanda contra el Banco Nacional de Cuba es por un valor total de 70,945,519.78 euros, mientras que la demanda contra la República de Cuba asciende a 18,679,309.00 euros. Además, en caso de perder el juicio, el Banco Nacional de Cuba y la República de Cuba deberán cubrir los costos legales de CRF, estimados en 2.5 millones de euros, así como los honorarios de sus propios abogados, que ascienden a 2.9 millones de euros. Este es el primero de una serie de juicios. Se espera un segundo juicio relacionado con la demanda presentada el 28 de mayo de 2021 por el Banco Industrial y Comercial de China (ICBC), propiedad del Estado chino. Esta demanda busca el pago de aproximadamente 200 millones de euros en capital, más 1,000 millones de euros en intereses. Esta demanda es solo una parte de los 6.5 mil millones de euros que el Banco Nacional de Cuba y la República de Cuba adeudan a un grupo de compañías del llamado Club de Londres, deuda que aún no ha sido renegociada. Tampoco se ha renegociado la deuda anterior a 1959, equivalente a unos 150 millones de dólares; ni la deuda con Argentina, de aproximadamente 2 mil millones de dólares; ni las deudas con los antiguos países de Europa del Este, ni las deudas relacionadas con las confiscaciones a empresas norteamericanas, que ascienden a unos 8.4 mil millones de USD. Es la primera vez que el estado cubano enfrenta una demanda por el impago de su deuda. Si la Corte de Londres decide que CRF es el acreedor legítimo de esta deuda, se abriría la puerta no solo para exigir el pago al Banco Nacional de Cuba, sino también para sentar un precedente legal que facilite la reclamación del resto de las deudas. Raúl Olivera Lozano, director de Operaciones del BNC, y Lidia Gómez Beltrán firmaron una carta el 14 de marzo de 2006 aceptando la cesión de la deuda de Credit Lyonnais al ICBC. Posteriormente, el 14 de mayo de 2010, Almina Barba Lorenzo y Lidia Gómez Beltrán firmaron otra carta aceptando la cesión de la deuda del Banco IBI al ICBC. El 25 de noviembre de 2019, el BNC aceptó la cesión del ICBC a CRF, con la firma de Raúl Olivera Lozano y Lidia Gómez Beltrán. Esta no fue una operación de creación o renegociación de deuda, sino una cesión. Según el capítulo 6 del Manual de Instrucciones y Operaciones del BNC, este tipo de acuerdos (por montos superiores a 5 millones de dólares) debe ser firmado por dos personas con autorización tipo A o por el director del BNC. María Teresa Compte Zubeldia, abogada autorizada para utilizar el sello del BNC y con autorización tipo A, también confirmó que se cumplían todos los requisitos legales. Los documentos firmados fueron autorizados por Londa Caridad Martí, directora del Departamento de Deuda Externa del BNC, y debieron ser autorizados también por el director del BNC en ese momento, René Lazo Fernández. Además, los documentos fueron enviados a la embajada de Cuba en Londres, legitimados ante un notario y legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba a través del Bufete Internacional SA en La Habana. Todos los firmantes tenían la capacidad legal y la debida autorización para firmar estos documentos. El 26 de mayo de 2021, el Tribunal Provincial Popular de La Habana, en la causa 38/2021, condenó a Lozano a 13 años de prisión, a Compte a 5 años, a Martí a 5 años y a Fernández a 1 año. Sin embargo, los abogados defensores del Banco Nacional de Cuba y la República de Cuba retiraron estos documentos de la corte inglesa, negando la existencia de corrupción o sobornos y rechazando que los documentos fueran relevantes para este caso. Los abogados defensores argumentan que, según los artículos 54 al 56 del Decreto Ley 192 de 1999, emitido por el Consejo de Estado y relativo a la administración financiera del Estado, está prohibido ceder una deuda sin el consentimiento del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP). Al no haberse obtenido este consentimiento, la defensa alega que CRF no es acreedor legítimo y, por lo tanto, no es parte en este conflicto. No obstante, el artículo 56 del Decreto Ley se refiere a operaciones de Crédito Público, es decir, compromisos financieros que generan nueva deuda pública. Además de la aprobación del MFP, estos compromisos requieren la autorización del Consejo de Estado para ser incluidos en el presupuesto estatal y para otorgar las garantías pertinentes. Por otra parte, en el acuerdo entre los acreedores iniciales y el BNC, se establece que el Banco Nacional de Cuba solo puede rechazar la cesión de la deuda si existe una causa razonable. Según las estadísticas de la Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI), la deuda activa de Cuba en 2019 ascendía a 19.6 mil millones de dólares. Se estima que la deuda solo con China asciende a 4.6 mil millones de dólares (tras una condonación de 6 mil millones de dólares). La deuda con Rusia es de 3.5 mil millones de dólares (tras una condonación de 32 mil millones de dólares), más las deudas pendientes desde 1991. El Club de París condonó 8 mil millones de euros, quedando 2.8 mil millones por pagar. En junio de 2021, el estado cubano renegoció nuevamente el pago de esta deuda por incumplimiento de un acuerdo anterior. Japón condonó una deuda de 2 mil millones de dólares y México, 500 millones. La deuda con Argentina era de 2.55 mil millones de dólares en 1995, a los que se añaden los intereses desde esa fecha a la tasa LIBO + 1.5%. La deuda con Brasil asciende a 975 millones de dólares, mientras que las deudas con Venezuela, relacionadas con servicios médicos, podrían superar los 10 mil millones de dólares. A finales de 2021, el presidente de Cuba visitó varios países, entre ellos China, y tras esta visita se anunció la firma de 12 acuerdos y una donación de aproximadamente 100 millones de dólares, destinados a proyectos prioritarios en la economía cubana. Sin embargo, en el comunicado oficial, así como en la información transmitida en la televisión cubana, no se mencionó la demanda del ICBC contra Cuba, un tema que probablemente fue abordado en las conversaciones bilaterales. Al 31 de marzo de 2022, los depósitos del BNC en su banco de Londres eran de 1 millón de dólares, mientras que sus préstamos ascendían a 8 millones de dólares. Ver mas: Sistema Bancario de Cuba. | Deuda Externa | Bloqueo Economía